Entró en vigencia la Ley Provincial N° 9.374 para la conservación del suelo
Publicada en el Boletín Oficial el 6 de enero del año en curso, la Ley N° 9.374 es una normativa provincial que declara de Interés Público “la acción oficial y privada que tienda a la conservación del suelo agropecuario y/o forestal”, específicamente: A) las destinadas a evitar daños y mitigar la erosión, B) las que tiendan a mantener y mejorar su capacidad productiva y C) las que tengan capacidad de retención de agua, entre otras. Cuando en 1.991 la Intervención Federal solicitó la elaboración de leyes ambientales, se consideró tratar la mitigación de los efectos de la erosión hídrica en lotes en producción pero, particularmente, a nivel predial (“alambres adentro”). Pasado el tiempo, se observaron afectaciones producidas por la sumatoria de escurrimientos derivados de lotes en producción que no llegaron a ser mitigados por las prácticas conservacionistas aplicadas para el control de la erosión. Estas afectaciones observables en infraestructura pública y privada, alcanzaron su máxima expresión en inundaciones de centros poblados, por lo que se consideró necesario, entonces, actualizar la legislación de modo tal que tienda a que los suelos de los paños productivos incrementen su capacidad de infiltración y, con ello, atenuar el impacto de la suma de escurrimientos. Se trata de que cada propietario ordene, a través de prácticas estructurales (lagunas de laminación, canales de guardia, siembra en terrazas, curvas de nivel, etc.) y/o no estructurales (descompactado, manejo de coberturas, etc.), sus escurrimientos de modo tal que no generen y/o mitiguen los impactos que hoy observamos. También incorpora la nueva ley el tratamiento de sucesos en la visión de la microcuenca hidrográfica, ya que cualquier tipo de intervención antrópica tiene algún tipo de efecto en la misma y es menester analizarla a fin de evaluar impactos, proponer y aplicar las medidas mitigatorias. Queda explícito en la normativa que la Dirección de Flora, Fauna Silvestre y Suelos de la provincia (DFFSyS) es autoridad competente para asegurar el cumplimiento de la misma y posee la facultad de intervenir (dentro de lo establecido por la Ley) en pos de la conservación del suelo. A continuación, se comparte el texto completo de la Ley N° 9.374:
https://boletin.tucuman.gov.ar/aviso?nroboletin=29892&tipo=2&nroaviso=79954