Dirección de Minería
Misión
Entender en la ejecución de la política minera y geológica de la Provincia, velando por el cumplimiento de las normas legales vigentes.
Funciones
- Participar en la formulación de políticas estratégicas tendientes a mejorar la producción minera provincial, con criterios integrales y sustentables.
- Ejercer las facultades conferidas por la normativa vigente en la materia, tanto nacional como provincial.
- Ejecutar el relevamiento minero de la Provincia, manteniendo actualizados los registros gráficos de los pedimentos mineros en el Banco de Datos Mineros (BDM).
- Elaborar, proponer y ejecutar programas y proyectos de promoción, prospección y explotación minera dentro de la Provincia.
- Coordinar sus acciones con las desarrolladas por los Organismos mineros de la región del NOA y Nacionales, participando, asimismo, en el Consejo Federal de Minería (COFEMIN), como representante de la Provincia.
- Brindar asistencia técnica a los productores mineros de la Provincia.
- Ejercer el control sobre las mensuras de minas, las exploraciones, cateos y explotaciones mineras.
- Realizar censos mineros, a fin de mantener actualizado el registro de productores mineros de la Provincia y el Padrón minero.
- Efectuar convenios a través de la Superioridad con Organismos de investigación geológica – minera, a los fines del estudio integral de las posibilidades que ofrece la Provincia en estas materias.
- Intervenir en los estudios y proyectos de obras de infraestructura minera en coordinación con Organismos Nacionales y Provinciales.
- Coordinar sus actividades con otros Organismos de la jurisdicción, a los fines de maximizar su impacto en la producción de la provincia de manera ambientalmente sustentable.
- Coordinar con la Dirección de Escribanía de Gobierno la función fedataria que prevé la normativa vigente.
- Celebrar convenios y acuerdos con Municipios, Comunas Rurales y Organismos estatales y privados, para la implementación de programas de apoyo operacional.
- Organizar, promover y auspiciar, congresos, publicaciones, cursos y otras actividades tendientes a la difusión científica y técnica de la geología y minería, a la formación de la conciencia minera y al fomento minero.
UGAP – Unidad de Gestión Ambiental Minera Provincial
Introducción
En el orden administrativo, por aplicación efectiva de la Ley Nº 24.585 se establecen instrumentos de Gestión Ambiental. Estos son: el Informe de Impacto Ambiental (IIA), de presentación obligatoria por parte de los titulares de actividades mineras, previo al inicio de las operaciones, y la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) que emite la Autoridad Minera Provincial en aprobación del IIA correspondiente.
En la estructura del IIA se requiere, en términos generales, la descripción general del ambiente. En esta descripción se incluye los ambientes: físico, biológico, ecológico, socioeconómico, y cultural.
La gestión ambiental minera vigente se fundamenta en un régimen jurídico homogéneo a nivel nacional, que nos permite dimensionar la importancia de la contribución de la minería en el desarrollo sustentable.
Documentos:
Documento 1: Creación de la Unidad de Gestión Ambiental Provincial.
Tabla de contenidos
1. Introducción ingresar
2. Ley nº 24.585 ingresar
3. Presentación del Informe ingresar
4. Evaluación del Informe ingresar
5. Declaración de Impacto Ambiental ingresar
6. Legislación Ambiental Ingresar al documento completo
6.1. Ley 24.585. Código de Minería de la Nación. Art. 246 en adelante.
6.2. Normativa complementaria ley 24.585.
6.3. Decreto provincial 1468/MDP 06
Plazos Legales: Ingresar al documento
7. Criterios Ingresar al documento completo
8. Anexo III “a”, para Pequeños Productores Mineros Ingresar al documento de impacto ambiental para la etapa de explotación
Contacto de UGAP:
Geólogas Claudia B. Arcuri y Lucia Rivadeneira
Av. Brígido Terán 650, Tucumán.
Horario de atención: Lunes a Viernes de 08:00 a 13:00 hs.
Preguntas Frecuentes
¿Quienes pueden ser Productores Mineros en la Provincia de Tucumán?
Toda persona capaz, mayor de 21 años que pueda ejercer el comercio de acuerdo a la reglamentación legal vigente.
¿Cuales son las Categorías de Explotación minera?
Se diferencian tres categorías, de acuerdo a las categorías establecidas en el artículo 5 del Código de Minería de la Nación , el cual las divide en 1ra, 2da y 3ra categoría.
¿Cuales son los requisitos para la inscripción como Productor Minero?
En caso de personas físicas: Copia de DNI , Constancia de Inscripción en AFIP y presentar el formulario de solicitud de registración.
En caso de asociaciones o sociedades: Se debe presentar la documentación que justifique la personería de la institución y presentar el formulario de solicitud de registración.
¿Cuales son los requisitos para solicitar permiso de explotación sobre una cantera en particular?
Para Sustancias de Tercera Categoría:
- Tener la condición de Productor Minero (ver pregunta anterior).
- Designar un Geólogo Asesor.
- Presentar la Solicitud de Explotación de Sustancias de 3ra Categoría.
- Presentar el Plan de Trabajo correspondiente.
- Presentar un informe de Impacto Ambiental realizado por un profesional idóneo.
- Plano de ubicación de la cantera a explotar.
- Si la explotación se ubicara en terrenos de propiedad privada, se requiere autorización del propietario o contrato de arrendamiento.
Para Sustancias de Primera y Segunda Categoría:
Se rige según lo establecido por el Código de Minería de la Nación y las normas de la Ley Procedimiento Administrativo de la Provincia Nro 4537
El Código de Minería de la Nación puede ser consultado en su página Web http://www.mineria.gov.ar/
Las normas de Ley de Procedimiento Administrativo pueden consultarse en http://rig.tucuman.gov.ar/leyes
¿Qué es un Reporte de Producción?
Es un informe suscripto por el Geólogo Asesor en el cual el Productor informa a la Dirección de Rec. Energéticos y Minería los Volúmenes de Producción correspondientes a cada cantera en actividad, discriminado por tipo de sustancia. Debe ser presentado mensualmente del 1 al 10 de cada mes.
¿Qué es un Reporte de Impacto Ambiental?
Es un informe acerca del manejo ambiental que se llevara a cabo como consecuencia de una explotación minera. El mismo debe ser elaborado teniendo en cuenta las leyes ambientales vigentes, sobre todo la Ley 24585 de Protección Ambiental Minera.
Una vez presentado , el reporte es sometido a la aprobación de la Unidad de Gestión Ambiental Minera de la Provincia. En caso de ser aprobado pasa a dictamen del Consejo Provincial de Economía y Ambiente.
¿Qué es una Guía de Tránsito?
Es el derecho que se paga por el transporte de las sustancias mineras extraídas. El transportista debe contar obligatoriamente con la correspondiente guía de Tránsito, adquirida por el productor a la Dirección de Rec. Energéticos y Minería. Instructivo – Guías de Tránsito Minero
¿Quiénes están habilitados para ser Geólogos Asesores?
Para ser Geólogo Asesor debe contarse con un título habilitante y estar inscripto para el ejercicio de la profesión en el Colegio de Geólogos de Tucumán.
¿Las inscripciones como Productor Minero tienen caducidad?
Si. Deben renovarse todos los años, siendo el plazo para dicho trámite hasta el 15 de Marzo.
¿Los permisos para explotación de una cantera tienen caducidad?
Si. Este plazo es dispuesto por la autoridad minera de la provincia.
¿Adonde puedo dirigirme para obtener mas información?
La Dirección de Minería se encuentra en
Av. Brígido Terán 650
San Miguel de Tucumán
Horario de Atención: 8 a 13, de lunes a Viernes.
Publicaciones
Inscripción de nuevos productores mineros por año.
Evolución de la explotación de áridos.
Cuadro sinóptico de la actividad minera en Tucumán.
Av. Brigido Terán 650
direccionmineria@tucuman.gov.ar
