La Dirección de Flora, Fauna Silvestre y Suelos de la provincia (dependiente de la Secretaría de Estado de Desarrollo Productivo – MDP) recuerda a la población que, tal como se comunicó anteriormente, desde el día 20 de noviembre del año en curso se habilitará la pesca deportiva de trucha en ríos y pejerrey en diques tucumanos.
La habilitación se oficializó mediante la Res. 147/2020 (DFFSyS) y responde a que, desde la fecha mencionada, se encontrarán dadas las condiciones técnicas para la práctica de pesca deportiva SOLAMENTE de dichas especies, siempre teniendo en cuenta las disposiciones de circulación y permanencia vinculadas a la pandemia COVID-19 emitidas por las autoridades provinciales y nacionales competentes.
Además, la normativa en cuestión detalla que se deberán respetar ciertos requisitos al momento de la práctica, tales como:
• Tener licencia o permiso de pesca al día (la misma puede tramitarse de manera online, ingresando a http://sistema.producciontucuman.gob.ar/ffsys/pesca)
• Solo se podrá pescar en los horarios permitidos, durante la luz natural, quedando prohibido el horario nocturno;
• Se podrán extraer hasta 6 piezas de trucha y 30 piezas de pejerrey por persona y por jornada de pesca;
• La pesca de pejerrey podrá efectuarse desde la orilla y/o embarcados con 1 caña y 2 anzuelos como máximo.
• Serán sancionadas las transgresiones a la presente Resolución de acuerdo a lo establecido en la legislación vigente.
Cabe destacar que esta normativa habilita únicamente la actividad de pesca deportiva. Por el contrario, la caza deportiva y las colectas científicas continúan bajo las normativas de restricción impuestas en la Res. N° 32/2020 y Res. N° 31/2020 de la DFFSyS.