Dirección de Minería
Misión
Entender en la ejecución de la política minera y geológica de la Provincia, velando por el cumplimiento de las normas legales vigentes.
Funciones
- Participar en la formulación de políticas estratégicas tendientes a mejorar la producción minera provincial, con criterios integrales y sustentables.
- Ejercer las facultades conferidas por la normativa vigente en la materia, tanto nacional como provincial.
- Ejecutar el relevamiento minero de la Provincia, manteniendo actualizados los registros gráficos de los pedimentos mineros en el Banco de Datos Mineros (BDM).
- Elaborar, proponer y ejecutar programas y proyectos de promoción, prospección y explotación minera dentro de la Provincia.
- Coordinar sus acciones con las desarrolladas por los Organismos mineros de la región del NOA y Nacionales, participando, asimismo, en el Consejo Federal de Minería (COFEMIN), como representante de la Provincia.
- Brindar asistencia técnica a los productores mineros de la Provincia.
- Ejercer el control sobre las mensuras de minas, las exploraciones, cateos y explotaciones mineras.
- Realizar censos mineros, a fin de mantener actualizado el registro de productores mineros de la Provincia y el Padrón minero.
- Efectuar convenios a través de la Superioridad con Organismos de investigación geológica – minera, a los fines del estudio integral de las posibilidades que ofrece la Provincia en estas materias.
- Intervenir en los estudios y proyectos de obras de infraestructura minera en coordinación con Organismos Nacionales y Provinciales.
- Coordinar sus actividades con otros Organismos de la jurisdicción, a los fines de maximizar su impacto en la producción de la provincia de manera ambientalmente sustentable.
- Coordinar con la Dirección de Escribanía de Gobierno la función fedataria que prevé la normativa vigente.
- Celebrar convenios y acuerdos con Municipios, Comunas Rurales y Organismos estatales y privados, para la implementación de programas de apoyo operacional.
- Organizar, promover y auspiciar, congresos, publicaciones, cursos y otras actividades tendientes a la difusión científica y técnica de la geología y minería, a la formación de la conciencia minera y al fomento minero.
UGAP – Unidad de Gestión Ambiental Minera Provincial
Introducción
En el orden administrativo, por aplicación efectiva de la Ley Nº 24.585 se establecen instrumentos de Gestión Ambiental. Estos son: el Informe de Impacto Ambiental (IIA), de presentación obligatoria por parte de los titulares de actividades mineras, previo al inicio de las operaciones, y la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) que emite la Autoridad Minera Provincial en aprobación del IIA correspondiente.
En la estructura del IIA se requiere, en términos generales, la descripción general del ambiente. En esta descripción se incluye los ambientes: físico, biológico, ecológico, socioeconómico, y cultural.
La gestión ambiental minera vigente se fundamenta en un régimen jurídico homogéneo a nivel nacional, que nos permite dimensionar la importancia de la contribución de la minería en el desarrollo sustentable.
Documentos:
Documento 1: Creación de la Unidad de Gestión Ambiental Provincial.
Tabla de contenidos
1. Introducción ingresar
2. Ley nº 24.585 ingresar
3. Presentación del Informe ingresar
4. Evaluación del Informe ingresar
5. Declaración de Impacto Ambiental ingresar
6. Legislación Ambiental Ingresar al documento completo
6.1. Ley 24.585. Código de Minería de la Nación. Art. 246 en adelante.
6.2. Normativa complementaria ley 24.585.
6.3. Decreto provincial 1468/MDP 06
7. Criterios
8. Anexo III “a”, para Pequeños Productores Mineros
Contacto de UGAP:
Geólogas Claudia B. Arcuri y Lucia Rivadeneira
Av. Brígido Terán 650, Tucumán.
Horario de atención: Lunes a Viernes de 08:00 a 13:00 hs.
Preguntas Frecuentes
¿Quiénes pueden ser Productores Mineros en la Provincia de Tucumán?
Toda persona capaz, mayor de 18 años que pueda ejercer el comercio de acuerdo a la reglamentación legal vigente y se encuentre inscripto en los organismos recaudadores correspondientes.
¿Cuáles son las Categorías de Explotación minera?
Según lo establecido en el artículo 5 del Código de Minería de la Nación, la explotación minera se categoriza en 1ra, 2da y 3ra categoría.
¿Cuáles son los requisitos para la inscripción como Productor Minero?
- En caso de personas físicas: se debe realizar la solicitud de inscripción/reinscripción ONLINE en la página web https://sistema.producciontucuman.gov.ar/mineria adjuntando copia de DNI , Constancia de Inscripción en ARCA y constancia de Inscripción en Rentas.
- En caso de personas jurídicas (Asociaciones, Sociedades, Municipios y Comunas): se debe realizar la solicitud de inscripción/reinscripción ONLINE https://sistema.producciontucuman.gov.ar/mineria adjuntando documentación que justifique la personería jurídica (a modo de ejemplo: un Contrato Social o Designación de funcionario en caso de entidades públicas), constancia de inscripción en ARCA, Rentas, designación del representante legal y DNI del mismo.
¿Cuáles son los requisitos para solicitar permiso de explotación sobre una cantera en particular?
Para Sustancias de Primera y Segunda Categoría:
En desarrollo.
Para Sustancias de Tercera Categoría:
- Estar inscripto/reinscripto como Productor Minero en https://sistema.producciontucuman.gov.ar/mineria.
- Designar un Geólogo Asesor.
- Presentar la Solicitud de Explotación de Sustancias de 3ra Categoría ONLINE https://sistema.producciontucuman.gov.ar/mineria ya sea para Cantera Húmeda o Seca. En la página deberán cargar el polígono del área solicitada y se deberá realizar UNA SOLICITUD POR CANTERA.
- Una vez realizada la solicitud por la página mencionada, se genera un Expte. en esta Dirección.
- Ya generado el Expte., éste se deriva al área Catastro Minero, donde se indica si la zona se encuentra libre o no. De encontrarse libre, el Expte. Continúa hacia el área de Policía Minera quienes indicarán la factibilidad de la explotación. De ser factible se notifica al productor a fin de que el mismo presente Informe de Impacto Ambiental y Plan de Trabajo, elaborados por geólogo asesor, los que son evaluados por área UGAP y Policía Minera respectivamente. Una vez evaluados estos por los técnicos de esta repartición, y encontrándose los mismos sin observaciones, se debe presentar el Plano de Mensura de Cantera a explotar. Cabe destacar que todas las áreas (Catastro Minero, Policía Minera y UGAP) pueden sugerir reducir los polígonos de la cantera si lo consideran necesario.
- Si la explotación se ubica en terrenos de propiedad privada, se requiere documentación que acredite la titularidad y/o el derecho a explotar, o en caso de no ser propietario de la misma, contrato de arrendamiento debidamente certificado y sellado, donde deberá especificarse las obligaciones de la remediación y reposición de los pasivos ambientales.
- Si el acceso a la explotación debe realizarse por propiedades privadas, se requiere servidumbre de paso por el titular.
¿Qué es un Informe de Producción?
Es un informe suscripto por el Geólogo Asesor en el cual el productor informa a la Dirección de Minería, la cantidad de material extraído en unidades de m³ o toneladas, correspondientes a cada cantera en actividad, discriminado por tipo de sustancia. Debe ser presentado mensualmente del 1 al 10 de cada mes.
¿Qué es un Reporte de Impacto Ambiental (IIA)?
Un estudio de Impacto Ambiental es un informe que realiza el Geólogo Asesor de una cantera de áridos. El mismo describe como es el ambiente antes de realizar el proyecto, como se va a llevar a cabo los trabajos de extracción en el proyecto y cómo se va a mitigar/remediar los impactos producidos por la actividad minera.
El IIA queda enmarcado dentro del Anexo III para pequeños productores acordado por el COFEMIN. El mismo se presenta y se evalúa antes que comiencen las actividades extractivas.
La evaluación del informe de impacto ambiental, requiere trabajos de gabinete y de campo y se presenta ante esta Dirección. Tiene carácter de declaración jurada.
¿Qué es una Guía de Tránsito?
Es el derecho que se paga por el transporte de las sustancias minerales extraídas. El transportista debe contar obligatoriamente con la correspondiente Guía de Tránsito de Minerales, adquirida por el productor conforme al Decreto 1250/03 Tucumán. La Guía de Tránsito es OBLIGATORIA para todo aquel que explota legalmente y comercializa minerales.
¿Quiénes están habilitados para ser Geólogos Asesores?
Para ser Geólogo Asesor debe contar con un título habilitante y estar inscripto para el ejercicio de la profesión en el Colegio de Geólogos de Tucumán.
¿Las inscripciones como Productor Minero tienen caducidad?
Si. Deben renovarse todos los años, siendo el plazo para dicho trámite hasta el 15 de Marzo.
¿Los permisos para explotación de una cantera tienen caducidad?
Si. Este plazo es dispuesto por la autoridad minera de la provincia.
¿Dónde puedo dirigirme para obtener mas información?
La Dirección de Minería se encuentra en:
Av. Brígido Terán 636
San Miguel de Tucumán
Horario de Atención: 8 a 13 hs., de lunes a viernes.
Publicaciones
Inscripción de nuevos productores mineros por año.
Evolución de la explotación de áridos.
Cuadro sinóptico de la actividad minera en Tucumán.
Visor Catastro Minero
Para acceder hacer click en la imagen:
Archivos Catastro Minero
- KMZ – Catastro Minero Tucumán – Septiembre 2025
– Actualizado hasta el 30/09/25
Av. Brigido Terán 650
direccionmineria@tucuman.gov.ar
