Dirección de Medio Ambiente
Misión
Asistir a la Superioridad en todo lo inherente a la preservación y protección ambiental, a la implementación del desarrollo sustentable, a la utilización racional y conservación de los recursos naturales renovables y no renovables, tendientes a alcanzar un ambiente sano, equilibrado y apto para el desarrollo humano.
Funciones
- Ejercer todas las actividades relacionadas con el Medio Ambiente Provincial, dispuestas en la Ley Nº 6253 consolidada y normas concordantes.
- Entender en la propuesta y elaboración de los regímenes normativos relativos a la calidad de los recursos ambientales, al desarrollo sustentable y a la calidad ambiental, como también en la aplicación y cumplimiento de la normativa vigente en la materia.
- Entender en el ordenamiento y en la planificación de los diferentes aspectos de la gestión ambiental, colaborando con la Superioridad en el diseño y ejecución de políticas en la materia.
- Programar la política de educación y sensibilización de los ciudadanos en materia ambiental, en coordinación con las autoridades pertinentes, fomentando la efectiva participación social en todo lo referido al medio ambiente y garantizando la utilización social, productiva y recreativa de los recursos naturales.
- Entender en las relaciones con las Organizaciones no Gubernamentales vinculadas a los temas ambientales y al desarrollo sustentable.
- Coordinar con las restantes áreas del Gobierno Provincial todos los programas y acciones tendientes a la preservación, conservación y defensa del Medio Ambiente, la restauración ecológica de los ambientes degradados y asegurar una racional interacción hombre – naturaleza con el fin de lograr el desarrollo sustentable de la Provincia.
- Investigar, detectar, controlar y tomar los recaudos inmediatos para evitar toda obra, actividad o concreción de proyectos degradantes o susceptibles de degradar el ambiente.
- Procurar la definición de los estándares técnicos de calidad ambiental a aplicar en la jurisdicción provincial, en concordancia con los lineamientos Internacionales.
- Emitir los certificados de Aptitud Ambiental autorizados por el Consejo Provincial de Economía y Ambiente, manteniendo un Registro de Actividades Contaminantes según la Ley Nº 7165.
- Coordinar sus actividades con otros Organismos de la jurisdicción de la Provincia, a los fines de maximizar su impacto en la producción de manera sustentable.
- Desempeñar la Secretaría de Coordinación del Consejo Provincial de Economía y Ambiente.
- Representar a la Provincia en el Consejo Federal de Medio Ambiente.
- Otorgar el Certificado de Inocuidad que prevé el artículo 3º de la Ley Nº 7187.
- Ejercer las funciones establecidas en las normas legales vigentes, atribuidas al Organismo, o en calidad de autoridad de aplicación de las mismas.
Legislación
Facilitador: Abog.Florencia Sayago, Abog. Jorgelina Ayunta
El listado de leyes , decretos, y resoluciones corresponde a toda la normativa ambiental que existe en la provincia, por lo que las autoridades de aplicación de cada una de las normas son diferentes.
Nº | Año | Materia |
---|---|---|
1238 | 1915 | Contaminación de aguas sumergentes y semisumergentes |
3778 | 1971 | Parques, reservas y monumentos naturales |
4593 | 1976 | Ruinas y yacimientos arqueológicos |
5192 | 1980 | Prohíbe descarga cachaza |
5652 | 1984 | Sistema Provincial de Salud |
—— | 1990 | Constitución Provincial – artículos 36, 113, 124 y 125 |
6109 | 1991 | Sanidad vegetal |
6115 | 1991 | Atribuye a Dirección Provincial de Minería la aplicación del Código inero |
6253 | 1991 | Defensa, conservación y mejoramiento del medio ambiente |
6290 | 1991 | Conservación de suelos |
6291 | 1991 | Agroquímicos |
6292 | 1991 | Recursos naturales renovables |
6419 | 1992 | Cloro Libre Residual |
6529 | 1993 | Marco Regulatorio Concesión Servicios de Agua Potable y Efluentes Cloacales |
6605 | 1994 | Adhesión Ley Nacional de Residuos Peligroso |
6608 | 1994 | Marco Regulatorio del Servicio de Distribución y Generación de Energía Eléctrica |
6626 | 1994 | Energía Eléctrica |
6675 | 1994 | Interés ecológico del gas natural comprimido |
6817 | 1997 | Prohibición de fumar |
6943 | 1999 | Modificación de la Ley Nº 6605 |
6944 | 1999 | Código Procesal Constitucional de la Provincia de Tucumán |
7021 | 2000 | Inversiones en bosques cultivados |
7043 | 2000 | Fomento de la Conciencia Ecológica |
7058 | 2000 | Declara murciélagos especie protegida |
7076 | 2000 | R.S.U |
7100 | 2000 | Día del árbol |
7105 | 2000 | Ecoturismo y Agroturismo |
7139 | 2000 | Aguas |
7141 | 2001 | Funciones de la Dirección Provincial del Agua |
7173 | 2001 | Adhesión a la Ley Nacional Nº 25.197(Registro de Patrimonio Cultural) |
7165 | 2001 | Registro Actividades Contaminantes |
7247 | 2001 | Centro de Información Ambiental Pública |
7248 | 2002 | Uso Seguro de Fitosanitarios y Reciclaje de Envases Plásticos |
7393 | 2002 | Adhesión a la Ley Nacional Nº 25.675, Ley General del Ambient |
7459 | 2004 | Prohíbe la quema de caña de azúcar |
7460 | 2004 | Instalación de dispositivos que prevengan la contaminación atmosférica |
7500 | 2004 | Protección del Patrimonio Cultural |
7466 | 2004 | Modifica la Ley Nº 5652, de creación del Si.Pro.Sa. |
7469 | 2004 | Reforma parcial de la Constitución. Faculta a incorporar Ecología y Medio Ambiente |
7484 | 2004 | Creación del Ente Turismo Tucumán |
7621 | 2005 | Gestión Integral y Eliminación de PCB |
7622 | 2005 | Generación, manipulación, tranporte, transformación, tratamiento y disposición RSU |
Decretos provinciales
Tipo | Nº | Fecha | Materia |
---|---|---|---|
D.Decreto | 918/81 | 01/01/81 | Reglamenta Ley Nº 5192, sobre cachaza |
Decreto | 2202/3(MP) | 03/12/91 | Estructura de la Dirección de Economía y Política Ambiental |
Decreto | 2202/3(MP) | 01/12/91 | Reglamenta C.P.E.A. |
Decreto | 2.204/3(MP) | 25/10/91 | Reglamenta artículo 17 de la Ley Nº 6253 sobre Evaluación de Impacto Ambiental |
Decreto | 7/93 | 02/02/93 | Privatización de Obras Sanitarias |
Decreto | 2226/3-96 | 01/01/96 | Puesta en funcionamiento del C.P.E.A. |
Decreto | 904/96(MP) | 01/11/96 | Declara al 5 de Junio como DIA PROVINCIAL DEL AMBIENTE |
Decreto | 299/3(SA) | 26/02/96 | Normas reglamentarias para la utilización de herbicidas |
Decreto | 299/3(SA) | 26/03/96 | Reglamenta Ley 6291, de Agroquímicos |
D.Acuerdo | 40/1 | 27/03/96 | Declara área protegida a la Quebrada del Portugués |
Decreto | 1610/3 | 29/07/97 | Control de herbicidas de acción hormonal |
Decreto | 1915/3 | 02/01/98 | Convenio de descentralización del Registro Industrial de la Nación |
Decreto | 359/21 | 30/03/98 | Aprueba Convenio Plan Nacional Manejo del Fuego |
Decreto | 2203/3(ME) | 06/06/01 | Reforma el artículo 2º del decreto Nº 2203/3 |
Decreto | 1883/3(ME) | 12/06/01 | Incluye a la Sociedad Rural en el C.P.E.A. |
D.Acuerdo | 15/3 SESAP | 12/06/02 | Crea el Consejo Provincial de Regulación del Tránsito, Transporte y Seguridad Vial |
D.Acuerdo | 56/1 | 05/11/01 | Suprime el Ministerio de la Producción |
Resoluciones provinciales
Nº | Fecha | Organismo | Materia |
---|---|---|---|
1929/CPS | 28/08/85 | Si.Pro.Sa. | Descargas líquidas contaminantes de actividades humanas e industriales |
294/CPS | 10/04/89 | Si.Pro.Sa. | Calidad del Aire |
91/MIN | 19/04/89 | Ministerio de la Producción | Designa a la Dirección de Minería, autoridad de aplicación Ley de – Protección Ambiental para la Actividad Minera |
003/620SEMA | 17/02/97 | Secretaría de Estado D.M.A | Acepta inscripción de entidades en el C.P.E.A. |
1219/CPS | 21/08/97 | Si.Pro.Sa. | Incluye Anexo 1, inciso a) a la Res. 1929/CPS |
297/DPA | 30/05/00 | Dirección Pcial. del Agua | Certificado de Factibilidad de No Inundabilidad |
103/02 | 08/04/02 | Dirección de Irrigación | Registro General de Perforaciones |
205/RN | 2001 | Dirección de Activ.Primarias y Recursos Renov. | Aprobación de programas referidos a colonia de murciélagos |
637/RN | ——— | Dirección de Activ.Primarias y Recursos Renov. | Aprobación de programas referidos a colonia de murciélagos |
Plan Provincial de Producción Limpia
Fines
Por decreto Nro. 1526/3 – SESAP, del 16 de Agosto de 2002, se implementó el Plan Provincial de Producción Limpia de Tucumán, con el objetivo de generar un cambio cultural en los actores del sistema productivo provincial basados en el principio de la prevención de la Contaminación Industrial y de Mejora Ambiental Continua, con el fin de facilitar el acceso a los mercados locales e internacionales en el marco del desarrollo sustentable.
Descripción
Esta iniciativa provincial se enmarca en el Plan Nacional de Promoción de la Producción Sustentable, con el objeto de implementar la producción limpia en nuestra provincia, a través de la consolidación de programas de aplicación que generen beneficios económicos, ambientales, sociales y que contribuyan al fortalecimiento de la capacidad institucional de las organizaciones, con el fin de lograr la cooperación y transferencia de tecnología mediante la participación voluntaria de las empresas, organismos públicos, organizaciones no gubernamentales, entidades gremiales empresarias, de trabajadores y empresas.
Organización
Se designo como autoridad de aplicación del plan a la Dirección de Medio Ambiente, dependiente de la Secretaria de Estado de Servicios y Actividades Productivas.
En el marco de Plan Provincial de Producción Limpia se contempla la creación del Centro Provincial de Producción Limpia integrado por las empresas adheridas al mismo.
Implementación
Cada empresa, para entrar al Plan Provincial de Producción Limpia, debe firmar primero un acta de adhesión al Acuerdo Marco de Implementación de Producción Limpia.
El Acuerdo Marco para la Implementación de la Producción Limpia en la provincia de Tucumán obliga a las empresas adheridas a lograr una reducción del nivel de contaminación total (sólida, líquida y/o gaseosa) y/o el nivel de Riesgo Ambiental que genera su actividad en un porcentaje que oscile entre un 25% al 100% de acuerdo a la Normativa vigente, en el plazo de 3 años.
Esto se debe realizar a través de la elaboración y presentación de un plan de Reducción de la Contaminación y/o Riesgo Ambiental, basado en la auditoría preliminar y de desechos realizados por el Centro Provincial de la Producción Limpia, contando con la aprobación de la comisión integrada por la Dirección de Medio Ambiente, la Dirección de Recursos Hídricos y la Dirección de Saneamiento Ambiental del Si.Pro.Sa. Realizado esto se suscribe un Acuerdo Individual de Producción Limpia entre Organismos Públicos y la Empresa.
Empresas Adheridas
• Arcor S.A.I.C. División Misky
• Arenal del Norte S.A. – Ing. Cruz Alta
• Argenti Lemon S.A.
• Atanor S.A. – Ing. Marapa
• Azucarera del SurIng – Ing. La Trinidad
• Azucarera J. M. Terán S.A.- Ing. Santa Bárbara
• Bella Vista Manufacturing S.R.L.
• C.A.L.S.A.
• Cervecería y Maltería Quilmes – Planta Acheral
• Cervecería y Maltería Quilmes – Planta Pepsi
• Citricota San Miguel I
• Citricota San Miguel II
• Citromax
• Citrusvil S.A.
• Cía. Azucarera Concepción S.A.- Ing. Concepción
• Cía. Azucarera Los Balcanes S.A. – Ing. La Florida
• C.O.T.A.
• Establecimiento La Mariposa
• Ing. San Juan
• José Minetti y Cía. Ltda.S.A.C.I. – Ing. La Fronterita José Minetti y Cía. Ltda. S.A.C.I. – Ing. Bella Vista
• Konavle S.A. – Ing. Aguilares
• Moonmate S.A. – Ing. Leales
• Papelera Tucumán S.A.
• Plásticos La Rioja
• Santista Textil
• Servicios y Construcciones La Banda S.R.L.
• S.A. SASER – Ing. Ñuñorco
• Tecotex S.A.
• Tucumán Refrescos S.A. ( Coca Cola )
• V.A.L.P.A.F.E. S.A. – Ing. La Corona
• Vicente Trápani
Evaluación de Impacto Ambiental
Facilitadores: Ing. Zoot. M. Belén Fuentes , Abog. M. Florencia Rodriguez Cruzado
El procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental (E.I.A) es una de las principales funciones de la Dirección de Medio Ambiente.
En el ámbito provincial rige la Ley N º 6.253, que dispone: “La regulación, control o prohibición de toda actividad que pueda perjudicar o perjudique al medio ambiente”. En su Art. 5 crea el Consejo Provincial de Economía y Ambiente (C.P.E.A.) , órgano colegiado que se encuentra integrado por áreas del Gobierno Provincial, Organizaciones ambientalistas no Gubernamentales, Organizaciones Sindicales y Empresariales, Colegios Profesionales y Las Universidades Locales.
Entre sus funciones, el C.P.EA. tiene a su cargo la Evaluación Técnica de las E.I.A. y, en base a ella, emitir Certificado de Aptitud Ambiental de carácter provincial, documentos necesarios para la autorización de obras o actividades susceptibles de producir impacto negativo sobre el medio ambiente en cualquier lugar del territorio de la Provincia de Tucumán y al que se arriba luego de una deliberación y decisión final por dicho órgano.
El desempeño de los integrantes del C.P.E.A. es Ad- Honorem. Se reúne anualmente con carácter ordinario desde el 1 de Marzo al 30 de Noviembre, los días Miércoles o subsiguiente hábil en caso de feriado, en hora a determinar por el propio Consejo.
Todo ciudadano que desee asistir a las sesiones del C.P.E.A. podrá hacerlo, debiendo previamente solicitar autorización al Presidente del cuerpo mediante nota.
Funciones: LEY Nº 6253 – art.6 / DEC. Nº 2203/3-91
- Actúa como órgano de consulta y asesoramiento de los Poderes Legislativo y Ejecutivo para los temas de Economía y Ambiente.
- Estudia y autoriza los E.I.A. y en base a ello emite Certificado de Aptitud Ambiental de carácter provincial.
- Emite opinión sobre la materia de su competencia a pedido del Poder Ejecutivo o de sus miembros, de las Cámaras Legislativas o de sus comisiones, o por propia iniciativa.
Avisos de Proyectos estudiados y aprobados:
– Colectores cloacales presentados por la empresa Sociedad Aguas del Tucumán S.A.P.E.M. (S.A.T.-S.A.P.E.M) y por las Municipalidades de la Provincia de Tucumán.
– Protección de Acueducto VIPOS SAT- S.A.P.E.M.
– Refuncionalización de las Plantas de Tratamiento de Líquidos Cloacales en distintas Municipalidades.
– Acondicionamiento del Arroyo El Tejar- Municipalidad de Monteros.
– Repavimentación de distintos tramos de las Rutas Provinciales.
– Refuncionalización del Puente sobre el Río Chirimayo.
– Mejoramiento de Barrios según el Programa PROMEBA presentado por el Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano.
– Instalación de tanques de combustible en estaciones de servicio.
Evaluaciones de Impacto Ambiental:
– Urbanizaciones en el marco del Plan Federal Solidaridad.
– Urbanizaciones privadas: Colinas Norte, El Pedemonte S.A.
– Mejoramiento Ruta 307- Tramo El Indio- La Angostura, camino a Tafí del Valle, consta de un túnel y dos puentes para evitar la circulación por las zonas de derrumbe.
– Plantas de Tratamiento de Efluentes Cloacales: San Felipe (San Miguel de Tucumán), Monteros.
– Optimización del Acueducto El Cadillal. S.A.T.- S.A.P.E.M.
– Plantas de Tratamiento de Efluentes Industriales: Citromax S.A., S.A. San Miguel.
– Campus Universitario de la Universidad del Norte Santo Tomás de Aquino.
– Ampliación de la Planta Fabril e Hilandería TECOTEX S.A.C.I.F.I.
– Hornos crematorios: San Agustín S. R. L., Servicios Esenciales Campuzano.
– Centro de Entretenimientos Tucumán, Centro de Convenciones Tucumán, Paseo Comercial, Cultural y Recreativo Solar del Cerro.
– Plan Estratégico Provincial para la Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos (P.E.P.G.I.R.S.U): Addenda de E.I.A. de Servicios y Construcciones La Banda S.R.L. (Pacará Pintado), Plan de Cierre Los Vázquez ( Transporte 9 de Julio S.A.), Predio de Disposición Final Monte Redondo, Plantas de Transferencia y Selección: Los Pocitos, Alderetes, San Felipe.
– Predio de Disposición Final de Residuos Industriales: CIBERPLAS, IRONSCRAP. NOR-FE.
– Red de Radio bases para Telefonía Celular: C.T.I.
– WAL-MART Argentina. Supercenter Tucumán.
– Ampliación de gasoducto, tramo Lumbreras- Tucumán, y tramo Tucumán- Lavalle: Transportadora de Gas del Norte S.A. (T.G.N. S.A.).
PEPGIRSU
Facilitador: UEPGIRSU, Ing. Sergio Villafañe, Marcelo Raguza, Miguel Gomez, Tec. Darío Vera, Sofía Santillán, Prof. Teresa Gonzalez, Dra. Florencia Sayago, CPN. Arnaldo Bottini
El plan Estrategico Provincial para la Gestión Integral de los Residuos Sólidos Urbanos, viene a llenar un espacio que en la Provincia de Tucumán estuvo vacío desde siempre. De hecho que este vacío, permitió que nos encontremos en una situación sanitaria y ambientalmente deficiente en cuanto a la gestión de los RSU.
El PEPGIRSU, tiene como premisas fundamentales:
– Garantizar desde el Estado Provincial que la gestión de los RSU, aseguren condiciones sanitarias y ambientales óptimas.
– Integrar plenamente la gestión de los RSU con todas aquellas acciones de preservación del ambiente a partir de propiciar la recuperación y la reutilización de los residuos.
– Integrar a las diferentes comunidades de la provincia, en la gestión de los RSU.
Residuos Solidos Urbanos:
– Plan Estratégico Provincial para la Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos (P.E.P.G.I.R.S.U.).
– Selección de sitios aptos para la disposición final de RSU. (Comisión de Ordenamiento Territorial).
– Elaboración del Estudio del Plan de Cierre del predio Los Vázquez(ex. Sitio de Disposición Final).
– Elaboración del Estudio de Impacto Ambiental del Centro de Disposición Final Pacará Pintado.
– Asistencia a las consultoras contratadas por la Secretaría de Ambiente de la Nación que elaboraron el Proyecto Piloto de la estrategia Provincial para la Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos.
– Firma de Convenios de creación de Consorcios Intermunicipales en las tres regiones de la Provincia de Tucumán: Área Metropolitana, Región II, Región III.
– Creación de la Unidad Ejecutora Provincial para la Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos. (U.E.P.G.I.R.S.U.).
– Reglamentación de la Ley 7622 sobre Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos.
– Elaboración del Estudio de Impacto Ambiental del Relleno Sanitario en Monte Redondo. Elaboración del Estudio de Impacto Ambiental de las tres plantas de transferencia y selección del Área Metropolitana (Los Pocitos – Tafí Viejo, Alderetes, San Felipe – San Miguel de Tucumán).
– Difusión del PEPGIRSU: Reuniones en la Fundación Vicente Lucci (Junio), Sede del Concejo Deliberante de Monteros (Setiembre), Comodoro Rivadavia – Chubut (Octubre), Congreso Mundial de Residuos Sólidos Urbanos (ISWA- Buenos Aires – Noviembre).
Plan Educativo:
– Capacitación Docente en el Tema Residuos Sólidos Urbanos a maestros de EGB l y del Área Metropolitana y Zona II .
– Tecnicatura Universitaria en Residuos Sólidos Urbanos: Se iniciaron conversaciones con la UTN – Facultad Regional Tucumán, con la U.N.Tucumán y con la U.N.de Entre Ríos (UNER), destinada a empleados de las administraciones públicas provinciales, municipales y comunales.
Plan Social:
– Elaboración del Plan de Cierre de los basurales a cielo abierto de toda la provincia.
– Reinserción Laboral de los trabajadores informales de los basurales a cielo abierto.
– Negociaciones con el Banco Mundial y la Secretaria de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación para la asistencia financiera del PEPGIRSU (Construcción de Plantas, Difusión del Programa, Capacitación universitaria, etc.).
Registros: Actividades Contaminantes
Registro de empresas
LEY Nº 7165 – B.O. 04/10/01 – La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con fuerza de LEY:
ARTÍCULO 1º – Créase en el ámbito de la Provincia de Tucumán el Registro de Actividades Contaminantes.
ARTÍCULO 2º – Se entenderá por Actividades Contaminantes sin perjuicio de aquellas definidas y determinadas por la Dirección de Medio Ambiente de la Provincia:
a) Las instalaciones de producción y/o servicios que provoquen o pudieren provocar un cambio perjudicial en las características físicas, químicas y/o biológicas del aire, suelo, agua o que afecten nocivamente la vida humana o las materias primas.
b) Las alteraciones reversibles o irreversibles de ecosistemas o de algunos de sus componentes, debido a la presencia en concentraciones superiores al umbral mínimo establecido por la autoridad competente.
c) La actividad de sustancias o energías extrañas a un medio determinado.
d) La introducción al medio de factores que anulen o disminuyan la función biótica.
ARTÍCULO 3º – El Registro de Actividades Contaminantes, deberá contener los siguientes datos:
a) Nombre y domicilio del titular o los titulares de la actividad, razón social, permiso o autorización para el desarrollo de la misma según corresponda.
b) Descripción completa y detallada de las actividades, material que usa, manejo de los mismos y destino de los desechos.
c) Descripción completa del establecimiento, su entorno territorial e influencia del mismo en la zona.
d) Características edilicias y de equipamiento de la instalación o planta, proyecto para el tratamiento, manejo y eliminación de contaminantes.
e) Planes de contingencia.
ARTÍCULO 4º – Será la autoridad de aplicación la Dirección de Medio Ambiente de la Provincia.
ARTÍCULO 5º – La autoridad de aplicación queda facultada para intimar a todo titular y/o representante legal del establecimiento, casa particular, planta o instalaciones de producción y/o servicios a la presentación de la declaración respectiva con los requisitos enumerados en los incisos del ARTÍCULO 3º de la presente ley, la que tendrá el carácter de Declaración Jurada.
ARTÍCULO 6º – La Declaración Jurada será presentada en el término de treinta días a partir de la notificación que efectuará la autoridad de aplicación.
ARTÍCULO 7º – Todo titular y/o representante legal del establecimiento, planta o instalación de producción o servicios que, a la apertura de este registro se presente en forma espontánea, la autoridad de aplicación deberá definir el grado de contaminación que produce el presentante y se le otorgará los plazos necesarios a los fines de su encuadre legal, en cuyo caso no será sujeto de multas.
ARTÍCULO 8º – En caso de incumplimiento de los plazos formalmente otorgados, el organismo de aplicación procederá a imponer las multas correspondientes.
ARTÍCULO 9º – La autoridad de aplicación verificará mensualmente las presentaciones realizadas y sobre la base de registros obrantes en organismos relacionados, los que serán incorporados como documentos base para el control permanente del estado del ambiente, cualicuantificará los niveles de degradación que determinará los impactos e intimará fehacientemente, indicando el plazo para su presentación y las sanciones si correspondieren.
ARTÍCULO 10º – Los que faltaren al cumplimiento de las disposiciones de la presente ley, serán sancionados con multa, pudiendo ser las mismas acumulativas y fijadas por vía reglamentaria, teniendo en cuenta la antigüedad, características de las actividades contaminantes a sancionar y el daño ocasionado.
ARTÍCULO 11º – Ante el incumplimiento producido y vencidos los plazos otorgados, se procederá a la clausura de la actividad y/o local en el que se realice la operación contaminante.
ARTÍCULO 12º – El Poder Ejecutivo a través de la autoridad de aplicación, reglamentará lo atinente al funcionamiento y condiciones de operatividad de la presente ley, en un plazo no mayor de treinta días.
ARTÍCULO 13º – Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Tucumán, a los treinta y un días del mes de agosto del año dos mil uno.
*Para registrarse en Actividades Contaminantes, o completar los formularios de transportistas, operadores, generadores o manipuladores, ingrese en Trámites
Av. Brígido Terán 650
+54 (0381) 4525698
sema@tucuman.gov.ar
